Resolución SE 896/23

El 2 de noviembre de 2023 la Secretaría de Energía (SE) publicó en el boletín oficial la Resolución 896 en la que se autoriza, hasta el 31/12/2023, la unificación de zonas de alta y baja densidad para la comercialización de gasoil grado 2, con similar contenido de azufre máximo en todo el país.

Cabe mencionar que la regulación establece límites máximos de contenido de azufre que es posible comercializar en zonas identificadas con alta densidad poblacional (más de 90.000 habitantes 500 mg/kg de Azufre) y baja densidad poblacional (1000 mg/kg de Azufre).

Dicha normativa establece como concepto general que el gasoil grado 2 con más bajo contenido de azufre debe comercializarse en zonas de alta densidad poblacional, dejando los de más alto contenido de azufre para las zonas de baja densidad poblacional.

El cambio transitorio establecido por la presente resolución responde al estrés de abastecimiento experimentado recientemente, y que es de público conocimiento, a fin de minimizar la afectación que la falta de combustible ocasiona en el normal desarrollo de las actividades económicas llevadas a cabo en el país.

Se deja el link de la norma a continuación: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/297738/20231103

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